Guillermo Lasso podría irse sin instalar el Mecanismo de Protección para Periodistas
Obstáculos burocráticos, una crisis de violencia que afecta gravemente a la prensa ecuatoriana y la ineficacia de las decisiones gubernamentales en medio de una transición política son elementos que impiden la puesta en práctica de un instrumento urgente.
09.10.2023
Al gobierno de Guillermo Lasso le tomó nueve meses emitir el Reglamento de la Ley Orgánica de Comunicación, después de las últimas reformas. En el papel, el peso de la norma reside en la protección para periodistas, pero no hay claridad en temas que van más allá de los medios tradicionales de comunicación, como por ejemplo, el espacio digital.
Los cambios a la Ley de Comunicación -a la que muchos caracterizaban como la ‘Ley Mordaza’, impulsada durante el mandato del expresidente Rafael Correa- fueron un ofrecimiento de Lasso desde su primer día en Carondelet. Cuando sus reformas pasaron al Registro Oficial, después de un largo trámite que incluyó la intervención de la Corte Constitucional, Lasso arrojó a un basurero un cuadernillo que llevaba el título Ley Mordaza.
El 11 de noviembre de 2022, aseguró que los cambios en la Ley y el futuro reglamento protegerían la libertad de expresión y nueve meses después, firmó el Decreto con el que entró en vigencia ese nuevo reglamento. Sin embargo, para ponerse en marcha efectivamente antes de que Lasso deje el poder, en diciembre de este 2023, es necesario superar varios escollos.
El Mecanismo de Protección, nueva instancia burocrática
Una novedad contenida en el Reglamento es la creación del denominado Mecanismo de Prevención y Protección del Trabajo Periodístico. Se trata de una nueva instancia que está conformada por entidades del Ejecutivo, la Justicia y, en época de elecciones, por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
El capítulo III del reglamento tiene 16 artículos que norman la protección y la seguridad de los trabajadores de la comunicación. El Mecanismo de Protección categoriza las amenazas y establece medidas para los trabajadores de la comunicación y personas con discapacidad, entre otros elementos, según las demandas de organismos especializados en libertad de expresión.
El mismo Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación participó de la elaboración del reglamento. Su presidenta, Jeannine Cruz, dice que se concentraron en la protección de los periodistas porque la normativa del 2019 establecía la obligación, pero aclara que esa normativa no señalaba a actores estatales responsables.
Actualmente, instancias como los ministerios o la misma Fiscalía General del Estado no están obligados a participar. Al no ser obligatoria la participación, el Consejo de Comunicación detectó que las entidades enviaban a las sesiones a directores de comunicación o funcionarios sin ningún poder de decisión. Según Cruz, con la Fiscalía existen convenios, pero no hay nada hasta el momento a nivel de normativa, que determine responsabilidades. Una vez establecido el Mecanismo, eso debería cambiar, pues cada entidad debe diagnosticar, planificar y evaluar los temas que están bajo sus facultades.
Organizaciones como Fundamedios también resaltaron, en una nota publicada el pasado 23 de agosto, que: “para el sector de la comunicación resulta trascendental la categorización de periodistas y trabajadores de la comunicación como ‘sujetos protegidos’, contenida en el artículo 4 del Reglamento, pues implica el reconocimiento de derechos específicos y especiales derivados de su condición y/u oficio, y que, a su vez, deben traducirse en deberes estatales de protección específicos”.
El Mecanismo está a cargo del Consejo de Comunicación, pero su participación no consta en el listado de integrantes. Su finalidad es “adoptar medidas de prevención y protección que garanticen el trabajo periodístico”. Para eso se plantea la instauración de políticas de seguridad que serán implementadas a partir de una evaluación de riesgo de los trabajadores de la comunicación.
Al final será el mismo Consejo el que apruebe esos insumos que tendrán carácter vinculante. Además, habrá ministerios y entidades del Estado que estarán obligadas a presentarse y coordinar acciones.
El Mecanismo estará integrado por nueve instancias:
- Ministerio de Defensa
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de la Mujer y Derechos humanos
- Secretaría de Gestión de Riesgos
- Fiscalía General
- Consejo Nacional Electoral (durante los periodos de elecciones)
- Representante de los trabajadores de los medios de comunicación, privados, públicos y comunitarios
- Representante de la sociedad civil organizada.
En este listado no consta el Consejo de Comunicación, pero el Reglamento señala que el Mecanismo de Protección funcionará en sus instalaciones. Entonces, otro problema que surge es la escasa garantía de que se asigne un presupuesto específico para que esa entidad cumpla con la función que le encarga la ley.
El Reglamento especifica dos formas en las que el Mecanismo reciba recursos: la primera es pública, y eso quiere decir que anualmente se destinarán recursos que deben considerarse desde la proforma presupuestaria. El Consejo de Comunicación, como lo señala Cruz, es el encargado de demandar esos recursos. La actual Presidenta dice que esto no estaba establecido de forma clara en la Ley. Sin embargo, se logró incluir en el Reglamento.
La segunda forma prevista para obtener los recursos necesarios es mediante la consecución de fondos de cooperación y/o convenios. Para eso, cada entidad parte del Mecanismo puede activar acuerdos o convenios de cooperación “que le provean de recursos humanos, financieros y técnicos adicionales para el logro de sus fines”.
Ahora bien, esto también requiere de una normativa que tendrá que diseñar y aprobar el Consejo de Comunicación. Además, la recepción de los recursos se hará mediante el Ministerio de Finanzas, lo que añade un nuevo escollo burocrático a un proceso que, sin duda, requiere agilidad.
Otra de las obligaciones de este Mecanismo es la creación de unidades de prevención, protección, monitoreo o evaluación de agresiones contra periodistas en el ámbito nacional y, además, la coordinación de acciones a escala internacional.
Pero el asunto no es sencillo. Cada entidad parte debe establecer sus propios planes y proyectos para proteger a los trabajadores de la comunicación, en as áreas de su competencia. Por ejemplo, los ministerios de Defensa e Interior tienen a su cargo el mapeo de las zonas de riesgo.
La presidenta del Consejo de Comunicación explica que, por ejemplo, Defensa tendrá que definir las zonas que representan amenazas, sea en las zonas de frontera o en territorios invadidos por mercados ilegales o delitos atribuidos al crimen organizado, como la minería ilegal. Esos insumos deberán socializarse con los periodistas para prevenir hechos de violencia, de acuerdo a lo que dispone el reglamento.
Todos estos procedimientos implican tiempo, recursos y coordinación interinstitucional, mientras las urgencias para contrarrestar las amenazas a la cobertura periodística se incrementan a diario.
La situación del periodismo en Ecuador alarma a la comunidad internacional
El 2023 se proyecta como un año caracterizado por una violencia sin precedentes para el ejercicio del periodismo en el país. La Fundación Periodistas Sin Cadenas tiene conocimiento del exilio de seis periodistas debido a las amenazas recurrentes en contra de sus vidas. En este mismo periodo, al finalizar septiembre, la Fundación suma 216 agresiones, de las cuales 15 fueron amenazas de muerte.
Actualmente, y con la implementación del reglamento de la Ley de Comunicación, el Consejo mantiene su facultad de seguimiento ante las amenazas a los trabajadores de la comunicación. Durante el 2022, las amenazas se acercaron a las 300. En lo que va del 2023, esa entidad ha registrado 193 alertas.
Al desagregar esa cifra se evidencia que el mayor número de agresiones ocurrió en contra de periodistas (152). El resto se profirieron en contra de medios de comunicación. Además, la mayoría de ellas fueron en contra de medios privados (178).
Este ambiente en contra del periodismo se acentuó en medio del creciente nivel de inseguridad en el país, sobre todo por la acción de las bandas delincuenciales y carteles del narcotráfico, a los que la Policía Nacional llama Grupos de Delincuencia Organizada (GDO).
Karol Noroña, periodista que se especializó en temas relacionados con las cárceles y la delincuencia organizada, salió del país ante la amenaza a su integridad. Trabajaba para el medio digital GK. El 24 de marzo pasado se activó un protocolo de seguridad para trasladarla a un lugar seguro fuera de Ecuador.
Pero Noroña no es la única. El periodista Anderson Boscán, uno de los fundadores del portal digital La Posta y su esposa y compañera de trabajo, Mónica Velásquez, también dejaron el país. Boscán había denunciado amenazas en su contra desde enero de este año y contaba con un equipo de seguridad asignado, pero nada de eso impidió su exilio.
En ese caso, la presidenta del Consejo de Comunicación aseguró que se activaron protocolos y que se puso en conocimiento de la Fiscalía esas alertas. De hecho, existía un expediente abierto por el caso del periodista de La Posta. Sin embargo, ante el aumento de las amenazas, decidió salir de Ecuador porque consideró que no había garantías suficientes para él ni para Velásquez.
En Ecuador existe un antecedente que marca un cisma en la historia de violencia en contra de la prensa: en marzo del 2018, un equipo periodístico de diario El Comercio, conformado por Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, fue secuestrado en la frontera norte. Los tres fueron asesinados días después, en territorio colombiano, por miembros del Frente Oliver Sinisterra, una disidencia de las Farc. Este caso -conocido con la consigna Nos Faltan 3- continúa impune cinco años después. La información generada en el Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) durante ese trágico episodio permanece bajo secreto estatal, aun cuando se trata de un hecho que compromete los derechos fundamentales.
Cristóbal Peñafiel, presidente de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), explica que, si bien el reglamento establece la operatividad del Mecanismo de Protección, no se incluyó en él nada que permita el acceso a información pública de esta naturaleza, por ejemplo, en el caso Nos Faltan 3.
Se refiere a la desclasificación por parte del Cosepe de las tres actas en las que consta la información relacionada con el secuestro y asesinato del equipo de El Comercio. Los familiares del equipo periodístico han solicitado desde hace cinco años el acceso a esa información para conocer cómo actuó cada entidad a cargo de negociar la liberación. Pero, como lo reveló una investigación de Periodistas Sin Cadenas, el Cosepe blindó esa información por 10 años al catalogarla como secreta. Eso, según la Ley de Seguridad, significa que no habrá acceso a las actas, al menos, por cinco años más.
Ese caso, incluso, motivó la intervención de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En 2019, el Equipo de Seguimiento Especial (ESE) de este organismo recomendó desclasificar y entregar a las familias la información de los organismos militares de ambos países e instancias de coordinación, “exclusivamente referida a las decisiones y acciones realizadas durante la fecha del secuestro y asesinato de Javier, Paúl y Efraín”.
También sugirió la creación de un comité de protección para los periodistas. Sin embargo, tanto la desclasificación como el comité no se concretaron, ni durante el gobierno de Lenín Moreno ni en el de Lasso. Según el reglamento, esta sería, precisamente, la función que deberá cumplir el Mecanismo, pero este todavía está lejos de instalarse.
El Relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, Pedro Vaca, también ha expresado su preocupación por la actual situación en el Ecuador. El pasado 24 de abril compartió una publicación de Periodistas sin Cadenas sobre la salida del país de uno de esos seis periodistas, por amenazas en contra de su vida. Vaca escribió: “Es muy importante que las autoridades reflexionen sobre las consecuencias de las amenazas contra la prensa en el derecho a una sociedad informada. Brindar plenas garantías a toda la prensa debe ser una prioridad”.
El 28 de junio pasado también se conocieron las recomendaciones del Comité para la Protección de Periodistas. El documento se denomina Ecuador en vilo: La parálisis política y el aumento del crimen plantean nuevas amenazas a la libertad de prensa.
En él se recomienda que el Gobierno ecuatoriano tome las medidas necesarias para reglamentar de manera ágil la Ley de Comunicación. También dice que deberían asegurarse recursos financieros para el funcionamiento efectivo del Mecanismo de Protección a los periodistas.
Otra recomendación del CPJ dispuso que el “Ejecutivo debería cumplir su promesa de proporcionar financiamiento adecuado a la Fiscalía General del Estado en sus esfuerzos por proteger a la prensa”.
No obstante, a menos de tres meses de que Lasso deje el poder, nada de esto se ha cumplido.
Agresiones y agresores en el Reglamento
La normativa que entró en vigencia el pasado 23 de agosto establece dos tipos de agresiones en contra de los trabajadores de la comunicación. Una tiene que ver con las agresiones verbales, es decir, todas aquellas que provengan de un discurso estigmatizante, de acoso, asedio, hostigamiento e intimidación.
La segunda tiene que ver con agresiones contra la vida y la integridad física. Estas ya están relacionadas con lo que está tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Pero, ambos tipos de agresiones pueden venir desde dos sectores: el estatal, relacionado con autoridades de gobierno y funcionarios vinculados a algún poder del Estado, empresas estatales y las que operan en el ámbito local (municipios); y el que reúne a los actores no estatales, personas naturales, actores privados, empresarios privados, directores de medios, dirigentes gremiales y grupos sociales organizados.
Los datos de Consejo de Comunicación muestran también el origen de las alertas generadas durante este 2023. La mayor cantidad tiene un origen desconocido (83). Sin embargo, hay 78 alertas detectadas que señalan como agresores a ciudadanos y ciudadanas. Los agentes estatales también aparecen entre las alertas registradas por el Consejo. Hubo 22 en lo que va de este año y otras siete señalan a la fuerza pública. El resto tienen que ver con medios de comunicación.
El reglamento ahora contempla que, en un periodo de cinco días contados desde el conocimiento de cualquier amenaza inminente, el Consejo de Comunicación debe realizar la evaluación técnica y, de considerarlo necesario, solicitará a la autoridad pertinente la implementación de medidas de seguridad, protocolos, planes o proyectos para evitar o cesar las amenazas.
Uno de los aspectos positivos del reglamento es que define acciones para la prevención, para la protección y para la aplicación de medidas urgentes ante las alertas. Así, por ejemplo, en el primer caso se ordena un mapeo de los tipos de riesgo y gestión; así como del perfil de la víctima y de su agresor. En el segundo paso, se ordena, por ejemplo, el ofrecer un seguimiento a la denuncia de amenazas.
Respecto de las medidas urgentes, el reglamento establece que el Consejo de Comunicación está obligado a coordinar acciones con otras entidades para establecer protocolos, planes y proyectos para la aplicación de medidas que permitan “reducir los factores de riesgo”.
Un tema clave será el monitoreo de las amenazas. Para eso, el reglamento faculta al Mecanismo de Protección a solicitar información periódica a las organizaciones de la sociedad civil especializadas en libertad de expresión sobre agresiones.
Sobre la protección a las trabajadoras de la comunicación
En el Mecanismo también participa el Ministerio de la Mujer. Uno de los cambios en el reglamento es que se ha hecho constar la obligación de instaurar mecanismos de protección para las trabajadoras de la comunicación.
Primero, el Consejo de Comunicación debe desarrollar políticas, planes y medidas especiales para prevenir la violencia de todo tipo en contra de las periodistas. Esas estrategias deberán alinearse con el Sistema Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Entonces, cada acción del Consejo de Comunicación debe pensarse con perspectiva de género. También debe recopilar información sobre las diversas manifestaciones de la violencia e incorporar recomendaciones de la sociedad civil especializadas en libertad de expresión.
Las alertas a la seguridad de los y las periodistas también están desagregadas entre hombres y mujeres. Así, el Consejo reportó 114 alertas por amenazas a hombres y 37 hacia mujeres, en lo que va del 2023.
El peor momento político para emitir el Reglamento
El pasado 17 de mayo, el primer mandatario, Guillermo Lasso, decretó la muerte cruzada, una figura que permitió la disolución de la Asamblea Nacional para convocar a alecciones anticipadas de Presidente, Vicepresidente y asambleístas (nacionales, provinciales y por el exterior).
La primera vuelta ya se realizó el pasado 20 de agosto. Luisa González, de Revolución Ciudadana, y Daniel Noboa, de la alianza ADN, consiguieron votos suficientes para pasar a la segunda vuelta. El próximo 15 de octubre, los ecuatorianos volverán a las urnas.
De acuerdo con el cronograma electoral aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), el nuevo presidente podría posesionarse a finales de este año. Es decir, al actual Gobierno e impulsor del Reglamento le queda menos de tres meses en el poder.
Eso representa un problema porque, una vez instalado el nuevo mandatario, todo podría empezar desde cero. Jeannine Cruz se muestra preocupada por el cambio de gobierno, pues dice que habrá nuevos ministros y, por lo tanto, se modificarán los delegados. Además, se otorga 90 días (tres meses) para que los gremios de periodistas, representantes de los medios de comunicación privados, públicos y comunitarios, designen al representante de la ciudadanía que tendrá voz y voto en el Consejo de Comunicación.
En la práctica, eso significa que, por más que el Consejo cuente con delegados de las entidades del Estado, aún faltaría un integrante para su funcionamiento. Cruz solicitó a los gremios que envíen a su delegado en menos tiempo. Pero, sin Consejo, no hay forma de empezar con la instalación de la mesa para el Mecanismo de Protección.
Para Saudia Levoyer, catedrática de comunicación en la Universidad Andina Simón Bolívar, todo dependerá de si existe o no la decisión de conformar el Consejo antes de la salida del Gobierno. Considera que no se puede hacer mucho respecto de los delegados del Ejecutivo, pero sí se puede adelantar la designación de los gremios.
Pero, esa conformación no es el único problema en medio de la transición política que vive el país. Levoyer recuerda que hay propuestas de reformas a la Ley de Comunicación que apuestan por cambios más cercanos a la normativa que ya existía en el 2018.
Entonces, una vez que se posesione la nueva Asamblea, esa intención podría reactivarse. Hay que recordar que el bloque legislativo afín al exmandatario Correa impulsó la anterior Ley de Comunicación. Y, en la discusión sobre las últimas reformas, fue protagonista de los cambios que se plantearon al proyecto del Ejecutivo.
El 24 de agosto del 2022, Lasso vetó parcialmente el proyecto de la Asamblea. 17 artículos se enviaron a la Corte Constitucional para motivar un pronunciamiento de parte de ese tribunal. Finalmente, esa entidad eliminó 12 artículos y el Parlamento tuvo que allanarse al dictamen.
Por ejemplo, uno de los cambios que impulsó el correísmo y fue eliminado por la Corte tenía que ver con suprimir a la opinión como uno de los contenidos comunicacionales. También se eliminó la posibilidad de emprender acciones civiles “o de cualquier otra índole” como parte de la responsabilidad ulterior.
De acuerdo con los datos del CNE, el bloque del movimiento Revolución Ciudadana será el más numeroso en la nueva Asamblea. Sin embargo, por sí solo no alcanzará a la mayoría para aprobar reformas y leyes. Un actor clave será quien ocupe la Presidencia del Parlamento, pues el Ejecutivo es colegislador y tiene la facultad de veto ante un proyecto o reforma aprobados.
La ciudadanía tendrá acceso a informes del Consejo de Comunicación
Otra novedad del Reglamento es el trámite de atención de las solicitudes de Informe Técnico de Contenido. ¿Para qué sirve? Cualquier persona que se sienta afectada por un posible contenido discriminatorio, violento o sexualmente explícito podrá solicitar al Consejo que emita un informe.
La solicitud del informe sólo puede presentarse dentro de los 30 días subsiguientes a la emisión del contenido. Pero, el Reglamento establece el mecanismo para la petición del informe técnico que debe entregarse en un plazo no mayor a 45 días. No establece su alcance o el efecto que puede tener.
En todo caso, el Consejo está obligado a poner a disposición las herramientas y medios físicos y digitales, sencillos y expeditos para la solicitud del informe. Además, la entidad puede iniciar de oficio el análisis de contenidos comunicacionales.
Si bien este apartado tiene que ver con la difusión de contenidos desde los medios de comunicación, ya no se centra demasiado en el ejercicio periodístico. Es decir, amplía el ejercicio de la comunicación a otros espacios.
Para Levoyer, el hecho de que el Reglamento se centre en los medios de comunicación tiene que ver con la intención de la misma Ley de Comunicación. “No es un tema sobre los derechos de todos los ciudadanos. Está más enfocada en un tema de medios”, señala.
La catedrática insiste en que tiene que ver con el cumplimiento del ofrecimiento del Gobierno sobre los mecanismos de protección para los periodistas. Su afirmación no se aleja de la realidad porque las 27 páginas del reglamento plantean artículos que tienen que ver con el periodismo, su protección, la conformación del Consejo de Comunicación y el Mecanismo; además de las frecuencias, la publicidad y la propaganda.
El problema de no ampliar el alcance de la comunicación
Levoyer plantea una discusión olvidada desde la misma Ley de Comunicación. Se trata de la desinformación. Esta, dice la catedrática, no sólo se usa ante el desconocimiento o mal manejo de un tema. También se convierte en una estrategia de comunicación política.
Las mismas entidades del Estado se han atribuido la función de desmentir contenidos que circulan, sobre todo, en las redes sociales. Y, según Levoyer, esta es una discusión que ocurre, al menos, desde el 2016 en el resto del mundo.
“Cuando quieran poner a la desinformación bajo la capa de la libertad de expresión vamos a tener problemas”, advierte Levoyer. Entonces, un primer paso debería ser abrir la discusión de este tema en todos los niveles, desde el académico hasta el mismo nivel gubernamental.
No se abordó la situación de los medios digitales
En la Ley y, por lo tanto, en el reglamento, nada se dice sobre los medios que tienen sus espacios únicamente en redes sociales y en la web.
En su artículo 5, la Ley señala: “Son medios de comunicación aquellas empresas, organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunicación masiva que usan como herramienta medios impresos o servicios de radio, televisión y audio y vídeo por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet”.
Eso, en el reglamento, solamente se aborda en un solo artículo acerca de las plataformas digitales. Menciona que, con base en la Ley, los medios son privados, públicos y comunitarios. Además, pueden usar tecnologías de la información para difundir noticias, entretenimiento y otros contenidos a través de internet.
También señala los espacios en los que pueden desenvolverse los medios ya constituidos. Por ejemplo, menciona a los sitios web, aplicaciones móviles, redes sociales, plataformas de video y audio en línea, además de blogs.
Según Cruz, esto significa que se considera medios a los tradicionales que, a su vez, pueden replicar el contenido en las plataformas digitales. “Eso es complicado porque en el Consejo no se puede registrar a los medios digitales porque no hay una definición de lo que son o cómo se constituyen”.
Entonces, no hay posibilidad de integrarlos al registro. En las últimas elecciones, ese fue el problema para estos espacios. Solicitaron al Consejo de Comunicación el registro para ser considerados en la difusión de la propaganda electoral.
Hay que recordar que el CNE destina el Fondo de Promoción Electoral para las organizaciones políticas y este se entrega directamente a los medios de comunicación en los que se difunda la propaganda.
Para Levoyer, no hay interés en la regulación de este tipo de medios. Señala que mientras se mantenga abierto ese espacio sin regulación, los actores políticos pueden usarlos para fines propagandísticos.
Cristóbal Peñafiel, de la UNP, dice que, en toda esta discusión, el Gobierno siempre sostuvo que no era posible regular a los medios digitales. Pero él apunta otra razón: “No todos quienes trabajan en medios digitales son periodistas”. Afirma esto porque considera que todos quienes tienen un teléfono móvil pueden difundir información y eso es imposible de controlar.
Finalmente, el momento político del país determinará el avance o estancamiento del nuevo reglamento. No existe un gobierno fuerte que impulse los cambios que podrían concretarse hasta su salida, y en medio se interpuso la campaña electoral.
Se debe tomar en cuenta que el próximo régimen apenas gobernará diecisiete meses, luego de lo cual el Ecuador nuevamente acudirá a las urnas. Ninguno de los dos candidatos a la Presidencia ha abordado en su plan la actual Ley de Comunicación o el reglamento.
De hecho, el domingo 1° de octubre, Luisa González (Revolución Ciudadana) y Daniel Noboa (Alianza ADN) se encontraron por última vez en un debate público organizado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y ninguno mencionó el tema; mucho menos hablaron de la grave situación que enfrenta la prensa en el país.
La Mesa de Articulación para la Protección de Periodistas (MAPP)
Hace menos de una mes, medios y organizaciones que defienden la libertad de expresión conformaron la Mesa de Articulación para la Protección de Periodistas. Su objetivo es desarrollar mecanismos que apunten a precautelar la vida y la libertad de prensa cuando se suscita una amenaza en contra de la vida de alguna persona periodista.
La MAPP nace de la voluntad de estas organizaciones que no responden ni al Ejecutivo ni al Estado. Como lo reportó Fundamedios el pasado 7 de septiembre, se trata de crear redes efectivas que atiendan casos de inminente riesgo contra la vida y la libertad de periodistas en el ejercicio de su oficio.
“El Estado presenta ineficiencias y negligencias en cuanto a la seguridad para periodistas. Desde la Mesa instamos acciones y pedidos a los futuros poderes públicos del Ejecutivo y la Asamblea Nacional, así como al gobierno de Guillermo Lasso, a poner en funcionamiento el Mecanismo de Protección a periodistas establecido en la Ley Orgánica de Comunicación”, señaló César Ricaurte, director de Fundamedios, el día del anuncio de la creación de la MAPP.
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